Noticias Temporada 2005-2006

Fecha Noticia: 01/09/2005

Medidas de la UE respecto a la gripe aviar y preparación para una posible pandemia de gripe

Medidas en vigor para prevenir la importación de la gripe aviar desde terceros países.
La Comisión ha emprendido una serie de acciones para proteger a la UE de la introducción de la enfermedad desde Asia, Rusia y Kazajstán. La importación desde los países afectados de aves vivas y productos derivados potencialmente peligrosos (carne cruda de aves de corral y plumas sin tratar) ha sido prohibida. Sin embargo, esta prohibición no afecta a la carne tratada térmicamente, ya que una temperatura superior a 70º C destruye el virus de la gripe aviar.
La situación de la enfermedad en Asia es periódicamente revisada por el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Sanidad Animal, donde las medidas de seguridad son actualizadas como corresponde. En este momento, la prohibición de importación afecta a Camboya, China (incluida Hong Kong), Indonesia, Laos, Malasia, Corea del Norte, Pakistán, Tailandia, Vietnam, Rusia y Kazajstán.


Ayuda desde la UE para atajar "in situ" el actual brote en Asia.
El actual brote de gripe aviar de alta patogenicidad en Asia ha supuesto la muerte o sacrificio de más de 125 millones de aves, pérdidas económicas estimadas entre ocho y doce mil millones de euros, y la muerte de alrededor de 50 personas. Además, existe el temor de que esta cepa en particular pueda desencadenar una pandemia de gripe humana.
La Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), y la Organización Internacional de Epizootias (OIE) han instado a los gobernantes para que ayuden a los países afectados a limitar la extensión de los brotes, reduciendo a su vez el riesgo para la Salud Pública en Asia.
En coordinación con organismos internacionales de relevancia, la Comisión Europea ya ha proporcionado soporte técnico y financiero de emergencia a los países afectados, Vietnam en particular, para el control de la enfermedad en aves de corral y otras aves; y para prevenir, en la medida de lo posible, la diseminación de la enfermedad al ser humano. Si embargo, la erradicación de la gripe aviar de Asia no parece un objetivo realista a corto plazo, y la planificación y coordinación de las futuras acciones y medidas de control son esenciales.
La FAO está finalizando en estos momentos un Plan Regional, incluyendo una hoja de ruta y un cronograma, dentro de cuyo marco los países afectados pueden realizar un borrador de sus propios planes nacionales. Estos planes, tanto el de la FAO como los de cada país, serán estudiados cuidadosamente, tan pronto como sea posible, con vistas a posibles aportaciones de la Comisión.


Nueva Directiva propuesta por la Comisión respecto a la gripe aviar.
La propuesta de la Comisión para una Directiva respecto a las medidas de control de la gripe aviar (adoptada el 28 de abril de 2005) tiene por objeto actualizar las medidas de la UE con la experiencia adquirida tras las recientes epidemias, el conocimiento científico acumulado sobre la diseminación de la enfermedad, y el riesgo para la salud humana. La actual legislación europea sobre el control de la gripe aviar se basa en la Directiva del Consejo 92/40/EEC. Esta directiva sólo establece medidas contra los llamados virus de la gripe aviar de alta patogenicidad, aquellos que causan brotes extensos entre las aves, y que ocasionalmente pueden afectar a los humanos. Sin embargo, existe hoy en día evidencia de que estos virus altamente patógenos derivan de virus de baja patogenicidad, como resultado de mutaciones sufridas por estos últimos. Con objeto de prevenir brotes importantes de gripe aviar, la nueva legislación establecería también como obligatoria la vigilancia y medidas de control de estos denominados virus de baja patogenicidad, que pueden ser transmitidos a las aves de corral por aves silvestres como patos y gansos. Estos virus no pueden ser erradicados de dichas aves silvestres, pero su transmisión a las aves domésticas puede ser eficazmente controlada, y la mutación a cepas virulentas así prevenida. El objetivo de la nueva legislación es asegurar que se implantan las mejores medidas posibles de vigilancia y protección contra la gripe aviar, y que los riesgos para la salud, los costes económicos, y el impacto negativo sobre la sociedad en caso de un brote, son mínimos. La nueva directiva debe ser adoptada por el Consejo y trasladada a la legislación de todos los Estados Miembros antes de entrar plenamente en vigor el 1 de enero de 2007. La adopción de la nueva directiva es una prioridad para la Presidencia del Reino Unido durante el otoño de 2005. Para más información de la nueva directiva propuesta, ver: europa.eu.int/rapid/pressReleasesAction.do?reference=MEMO/05/142&format=HTML&aged=1&language=EN&guiLanguage=fr


Medidas tomadas por la Unión Europea para prevenir la gripe aviar en su territorio.
La legislación Europea para el control de la gripe aviar se basa en la Directiva 92/40/EEC. Todos los casos sospechosos deben ser investigados y adoptarse las medidas oportunas si llegara a confirmarse gripe aviar de alta patogenicidad. Para limitar la diseminación del virus, las aves infectadas deben ser sacrificadas y eliminarse los restos de forma adecuada. Los productos para la alimentación, los equipos contaminados, y el estiércol deben ser destruidos o desinfectados para inactivar el virus.
Para prevenir la posterior diseminación de la enfermedad, las autoridades veterinarias deben establecer inmediatamente restricciones al movimiento de animales en las granjas afectadas, así como en aquellas que se encuentren en un radio de al menos 10 Km a su alrededor. Es la llamada Zona de Vigilancia. Si fuese necesario, las medidas de erradicación se pueden extender a las granjas de la vecindad. También a aquéllas con las que hubiese habido contacto de riesgo.
De acuerdo con la legislación comunitaria, todos los Estados Miembros tienen planes de contingencia frente a la gripe aviar, asegurando así que las medidas necesarias se adoptan inmediatamente.
En las granjas, las medidas higiénicas (limpieza y desinfección) son cruciales. El nivel de conocimiento de la enfermedad entre los granjeros, y la cooperación de todos los trabajadores del sector, debe asegurar que las estrictas medidas de bioseguridad son aplicadas con objeto de prevenir la diseminación de la enfermedad.


Medidas de la Comisión para ayudar a la UE en su preparación frente a una posible pandemia de gripe humana.
La Comisión de la Comunidad Europea publicó con fecha de 20 de marzo de 2004 un documento de trabajo sobre la planificación comunitaria de la preparación y respuesta frente a pandemias de gripe. En él se identifican los componentes clave de la estrategia de la UE para afrontar una pandemia de gripe. Serían los siguientes:

- Preparación y examen de los Planes nacionales
- Vigilancia y trabajo coordinado de los laboratorios nacionales de referencia para identificar la cepa causante lo antes posible.
- Manejo adecuado del brote incluyendo su precoz comunicación.
- Rápida notificación de los casos, asistencia en los brotes y coordinación en la respuesta de los Estados Miembros
- La adecuada y pronta disponibilidad de vacunas y fármacos antivirales.

Desde la publicación de este plan, la Comisión ha estado trabajando con los Estados Miembros y la OMS en el desarrollo y mejora de los Planes nacionales de preparación y respuesta. El 2 y 3 de marzo de 2005 se realizó un taller con los Miembros y la OMS para impulsar este proceso. Un nuevo taller se celebrará en otoño para abordar los puntos débiles y carencias.
Este otoño, la Comisión organizará y supervisará un examen de las comunicaciones, intercambio de información e interacción entre las autoridades competentes de la UE, así como la coordinación y operatividad entre los distintos planes nacionales. Tras el ejercicio se realizará una conferencia para evaluar las lecciones aprendidas y preparar recomendaciones.
El trabajo en red de veterinarios y laboratorios encaminado a abordar la amenaza que supone el virus de la gripe se encuentra ya en marcha. La Unión Europea tiene un sistema de vigilancia, financiado por la Comunidad, conocido como el Sistema de Vigilancia de la Gripe (EISS). El Centro Europeo para la Prevención de la Enfermedad (ECDC) asumirá el liderazgo, y su papel en este campo será importante.
La Comisión está trabajando para mejorar la cooperación entre esta red y los laboratorios de Referencia de Gripe de la Comunidad, así como las organizaciones europeas e internacionales que se ocupan de salvaguardar la salud humana y animal, para asegurar una preparación adecuada ante una potencial pandemia. Una reunión de expertos en gripe humana y aviar tuvo lugar a principios de este año para mejorar dicha coordinación. Y una reunión de expertos de los Estados Miembros, EISS y ECDC se convocó por la Comisión el 21 de Junio para preparar una Guía Técnica sobre influenza A/H5 en humanos. El documento ya está listo y se presentará en la próxima reunión (20 de septiembre) de las autoridades competentes del EWRS, que es la herramienta informática que comunica a los Estados Miembros, el EISS y el ECDC en caso de emergencia por una enfermedad contagiosa de relevancia comunitaria. A través del EWRS los Estados Miembros están haciendo llegar a la Comisión las medidas de salud pública adoptadas después de los recientes acontecimientos en Rusia.
Está previsto un encuentro entre expertos médicos y veterinarios el próximo 22 de septiembre en Luxemburgo. En él se actualizará la información sobre las medidas de salud pública y veterinarias a adoptar, y se abordarán los aspectos necesarios para mejorar la coordinación entre estos dos sectores.
La Comisión está promoviendo conversaciones con el Comité de Seguridad de la Salud y con los Fabricantes Europeos de Vacunas en la búsqueda de un acuerdo que asegure, en caso de pandemia, el correcto abastecimiento de vacunas para la UE. Y que ello tenga lugar en el menor intervalo de tiempo posible.
En el campo de los fármacos antivirales, la Comisión también está promoviendo conversaciones con la industria farmacéutica. Estas conversaciones versan sobre la disponibilidad de antivirales en varias presentaciones, y, en particular, sobre las dificultades de abastecimiento que están sufriendo varios de los Estados Miembros.
La Comisión propuso el pasado 6 de abril una regulación del Parlamento Europeo y del Consejo para establecer un fondo de solidaridad que permitiera el reembolso de costes (hasta 1.000 millones de euros anuales), y al que, en caso de una emergencia grave para la salud pública, se podría recurrir. El dinero se reembolsaría a los Estados Miembros a propuesta de la Comisión, tras una decisión favorable de la mayoría del Consejo. Esto podría incentivar a dichos Estados Miembros para concluir sus acuerdos de adquisición con la industria farmacéutica (si así lo desean), a la vez que contribuiría a lograr condiciones de equidad en el abastecimiento.


Desarrollo de actividades de investigación en el campo de la gripe aviar.
La unión Europea ha asignado 6,5 millones de euros a una serie de proyectos de investigación que abarcan distintos aspectos del virus. Esto incluye el desarrollo de nuevas vacunas, estudio de la transmisión de la enfermedad entre las poblaciones de aves y al ser humano, y la mejora de las técnicas de diagnóstico. La UE tiene también varios proyectos sobre el desarrollo de nuevas tecnologías para combatir una pandemia de gripe en la población humana a través del desarrollo de nuevas vacunas, establecimiento de redes de vigilancia, monitorización de la aparición de resistencias a los fármacos, y la utilización de antivirales. Todos estos proyectos suman un total de 12,4 millones de euros.


Adaptado y traducido de:
europa.eu.int/rapid/pressReleasesAction.do?reference=MEMO/05/283&format=HTML&aged=0&language=en&guiLanguage=en